Dotación viaje al extranjero Marruecos 2026: techos y procedimiento | Upsilon

Yassine Benjelloun Touimi

Yassine Benjelloun Touimi

Socio — Planificación y Análisis Financiero

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Dotación viaje al extranjero Marruecos 2026: techos y procedimiento | Upsilon

En resumen: La IGOC 2026 (Art. 132-155) fija las dotaciones de viaje al extranjero para los residentes marroquíes: 500 000 MAD de techo para viajes personales, hasta 1 500 000 MAD para viajes de negocios de operadores categorizados, y 15 000 MAD/mes para estudios en el extranjero. Las divisas no utilizadas deben retrocederse en un plazo de 30 días después del regreso.

Las dotaciones de viaje constituyen uno de los aspectos más concretos de la regulación de cambios para los residentes marroquíes. Ya sea para un desplazamiento profesional, vacaciones en familia, estudios universitarios o atención médica en el extranjero, cada tipo de viaje obedece a techos y condiciones específicas.

La IGOC 2026 (Capítulo III, Sección 9, Art. 132 a 155) aporta incrementos significativos de las dotaciones y clarifica los procedimientos aplicables. Este artículo repasa el conjunto de los regímenes de dotaciones de viaje vigentes.

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Viajes de negocios (Art. 132-135)

Dotación de derecho común: 100 % del impuesto pagado

Las sociedades de derecho marroquí, las cooperativas sujetas al IS y las sucursales inscritas ante la Office des Changes que no disponen de cuentas en divisas o en dírhams convertibles se benefician de una dotación anual para viajes de negocios igual al 100 % del IS (o del IR, o de la cotización mínima) pagado en el último ejercicio cerrado, con un límite de 1 000 000 MAD por año civil (500 000 MAD bajo la IGOC 2024). Las sociedades de nueva creación, las sociedades exentas, aquellas cuyo IS pagado es inferior a 100 000 MAD y las asociaciones de microfinanzas o de utilidad pública disponen de una dotación de 100 000 MAD por año. Las personas físicas que ejercen una profesión liberal a título individual tienen derecho al 100 % del IR pagado, con un límite de 100 000 MAD por año (Art. 133 IGOC 2026).

Esta dotación cubre los gastos de desplazamiento de directivos y empleados al extranjero: transporte, alojamiento, restauración, gastos de representación y gastos profesionales conexos.

Dotación aumentada para operadores categorizados

Las empresas que disponen del estatus de operador categorizado otorgado por la Oficina de Cambios se benefician de una dotación aumentada: 100 % del IS pagado, con un techo elevado a 1 500 000 MAD por año.

Este régimen preferencial está abierto a las personas jurídicas categorizadas por la Administración de Aduanas e Impuestos Indirectos (ADII), por la Dirección General de Impuestos (DGI) o que disponen de la categorización común ADII-DGI (Art. 17 IGOC 2026).

Condiciones de uso

  • La dotación se fija por año civil; el saldo no utilizado abonado en la cuenta «dotación viajes de negocios» puede trasladarse, siempre que el total abonado en el año no supere el techo anual (Art. 233 IGOC 2026)
  • Se abona en una cuenta en divisas o en dírhams convertibles «dotación viajes de negocios», que debe abrirse obligatoriamente en un banco y que puede cargar las tarjetas de pago internacionales del personal desplazado; los importes servidos en billetes de banco están limitados a 100 000 MAD por persona y por viaje (Art. 134 IGOC 2026)
  • Los justificantes de los gastos incurridos (billetes de avión, facturas de hotel, órdenes de misión) deben conservarse conforme a las reglas del código de comercio: la empresa sigue siendo responsable de la justificación de los gastos en divisas (Art. 20 y 134 IGOC 2026)

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Viajes personales (Art. 140-143)

Estructura de la dotación personal

La dotación de viajes personales de la IGOC 2026 se compone de dos tramos:

  1. Dotación base: 100 000 MAD por persona y por año civil, abierta a los marroquíes residentes, a los marroquíes residentes en el extranjero y a los extranjeros residentes, mediante presentación del pasaporte y de la tarjeta de identidad nacional (o de la tarjeta de inscripción para los extranjeros residentes)
  2. Suplemento: una dotación adicional igual al 30 % del IR pagado o retenido en la fuente durante el año anterior, con un máximo de 400 000 MAD, sin que el total base + suplemento pueda superar 500 000 MAD por persona y por año civil (Art. 141 IGOC 2026)

Cálculo del suplemento

El suplemento es igual al 30 % del IR pagado o retenido en la fuente durante el año anterior, con un límite de 400 000 MAD. Por ejemplo:

IR pagado el año anteriorSuplemento (30 %)Dotación total
100 000 MAD30 000 MAD130 000 MAD
500 000 MAD150 000 MAD250 000 MAD
1 000 000 MAD300 000 MAD400 000 MAD
1 333 334 MAD o más400 000 MAD500 000 MAD (techo)

Dotación para hijos menores

Los hijos no están sujetos a una dotación reducida: la dotación base se fija por persona. Las tarjetas de pago internacionales pueden cargarse con los derechos del beneficiario, de sus hijos y de su cónyuge, con ocasión de cada viaje y dentro de los límites fijados (Art. 142 IGOC 2026).

Modalidades prácticas

La compra de divisas se realiza ante el banco o una casa de cambio autorizada mediante presentación de:

  • El pasaporte vigente
  • La tarjeta nacional de identidad (o la tarjeta de inscripción para los extranjeros residentes)
  • Para el suplemento: cualquier documento expedido por la administración marroquí que justifique el pago del IR durante el año anterior (para los jubilados, el IR del año de jubilación)

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Estudios en el extranjero (Art. 144-151)

Dotación mensual: 15 000 MAD

Los estudiantes marroquíes residentes, los marroquíes residentes en el extranjero y los extranjeros nacidos de padre o madre marroquí se benefician de gastos de estancia de 15 000 MAD al mes (12 000 MAD bajo la IGOC 2024), importe que puede superarse mediante la presentación de un certificado del establecimiento, del consulado o de la embajada del país de acogida que indique el importe mensual requerido (Art. 149 y 151 IGOC 2026). Esta revalorización tiene en cuenta el aumento del coste de vida en los principales destinos universitarios.

Componentes de la dotación de estudios

La dotación de estudios cubre:

  • Los gastos de subsistencia mensuales (15 000 MAD/mes)
  • Los gastos de escolaridad: transferencia íntegra de los derechos de inscripción y tasas de escolaridad previa justificación del establecimiento de enseñanza
  • El alquiler: transferencia del importe del alquiler mediante presentación del contrato de arrendamiento
  • El depósito de garantía, cuando el contrato de arrendamiento lo prevé, con un límite de 3 meses de alquiler; debe repatriarse y cederse en el mercado de cambios en los 60 días siguientes al fin del arrendamiento, o destinarse al pago de los alquileres

Condiciones de elegibilidad

El estudiante debe:

  • Estar inscrito en un establecimiento de enseñanza reconocido en el extranjero
  • Proporcionar un certificado de inscripción o de preinscripción
  • Para la transferencia del alquiler: presentar el contrato de arrendamiento (a nombre del estudiante, o del tutor en el caso de un menor) o un certificado del establecimiento de alojamiento que indique el importe y la duración del arrendamiento

El ordenante domicilia un expediente «estudios en el extranjero» en un único banco, el único encargado de ejecutar las transferencias (escolaridad, gastos de estancia, alquiler) a favor del estudiante, del establecimiento o del arrendador (Art. 147 y 150 IGOC 2026).

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Atención médica en el extranjero (Art. 152-155)

Los residentes que necesiten atención médica en el extranjero pueden beneficiarse de una dotación específica que cubre:

  • Los gastos médicos: transferencia íntegra mediante presentación del presupuesto médico del establecimiento de salud extranjero
  • Los medicamentos, el material ortopédico, el transporte medicalizado entre dos países extranjeros, la evacuación sanitaria y la repatriación de restos mortales

Los gastos de estancia del paciente y de la persona que lo acompaña no se rigen por este régimen: pueden cubrirse con la dotación para viajes personales, acumulable con la dotación para atención médica (Art. 141 IGOC 2026).

El banco exige un certificado médico expedido por el médico tratante a nombre del paciente, una factura definitiva o un presupuesto / factura proforma (la factura definitiva debe entregarse en los 3 meses siguientes al pago) y una copia del pasaporte o de la tarjeta de inscripción. Cuando los gastos los asume un organismo de seguros o de previsión social supervisado por la ACAPS, basta con la copia de la autorización de cobertura (Art. 155 IGOC 2026).

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Misiones del sector público (Art. 136-139)

El personal de las administraciones, entidades locales y establecimientos y empresas públicos en misión o en prácticas en el extranjero recibe los importes indicados en la orden de misión o en la decisión de prácticas; en su defecto, 2 000 MAD por día y por persona, con un límite de 20 000 MAD por viaje. Las divisas las sirven los bancos o los operadores de cambio mediante presentación de la orden de misión y del pasaporte (Art. 137 y 139 IGOC 2026).

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Cesión de divisas no utilizadas (Art. 33 y 142)

Obligación de retrocesión en 30 días

Las divisas servidas y no utilizadas deben cederse en el mercado de cambios en un plazo de 30 días: a partir del regreso a Marruecos si el viaje se realizó (esta cesión no reconstituye los derechos), o a partir de la fecha de concesión si el viaje se anula (cesión de la totalidad; la reconstitución de los derechos debe solicitarse a la Office des Changes). Esta obligación se aplica tanto a los billetes de banco como a los cheques de viaje no cobrados.

El residente conserva el comprobante de cambio entregado en la cesión (Art. 20 y 34 IGOC 2026).

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Extranjeros residentes en Marruecos

Desde la IGOC 2026, los extranjeros residentes se benefician de la dotación para viajes personales y del régimen de atención médica en las mismas condiciones que los marroquíes (Art. 140 y 152), mediante presentación de su tarjeta de inscripción. El régimen de estudios sigue reservado a los marroquíes, a los marroquíes residentes en el extranjero y a los extranjeros nacidos de padre o madre marroquí (Art. 145). La transferencia de sus rentas del trabajo (salarios netos de impuestos y cotizaciones, pensiones, rentas profesionales) se rige por los Art. 156 a 159.

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Textos de referencia: Instruction Générale des Opérations de Change (IGOC) 2026 (PDF)

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el techo de la dotación de viaje personal en 2026?

El techo es de 500 000 MAD por persona y por año civil: una dotación base de 100 000 MAD, incrementada con un suplemento igual al 30 % del IR pagado o retenido en la fuente el año anterior, con un límite de 400 000 MAD (Art. 141 IGOC 2026).

¿La dotación de viaje de negocios es acumulable con la dotación personal?

Sí. La dotación de viajes de negocios (asignada a la empresa) y la dotación de viajes personales (asignada a la persona física) son independientes y acumulables. Un directivo puede utilizar la dotación de su empresa para sus desplazamientos profesionales y su dotación personal para sus viajes privados.

¿Cómo funciona la dotación de estudios en el extranjero?

El estudiante se beneficia de 15 000 MAD mensuales de gastos de estancia (más con justificante), más la transferencia de los gastos de escolaridad y del alquiler hasta los importes justificados, y de un depósito de garantía limitado a 3 meses de alquiler cuando el contrato lo prevé. La dotación se abona mediante presentación del certificado de inscripción y del contrato de arrendamiento. El importe mensual ha sido incrementado de 12 000 MAD (IGOC 2024) a 15 000 MAD (Art. 144-151 IGOC 2026).

¿Qué hacer con las divisas no utilizadas al regreso del viaje?

Las divisas no utilizadas deben ser retrocedidas a un banco o casa de cambio autorizada en un plazo de 30 días después del regreso a Marruecos. El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción a la regulación de cambios (Art. 33 y 142 IGOC 2026).

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