En resumen: La circular del Jefe de Gobierno n.º 15/2025 de 21 de noviembre de 2025 organiza la Oferta Offshoring Marruecos, en vigor del 1 de julio de 2025 al 31 de diciembre de 2030. Prevé cuatro medidas: la AIR (el Estado asume el IR de los asalariados por encima del 20 % o del 10 % de la renta bruta imponible), la AIS (asunción del 56 % del tipo de IS aplicado a la parte exportada del resultado), la PAE (17 % de la RBI por cada empleo estable creado) y la PAF (3,5 % de la RBI en crédito de formación). No son disposiciones del CGI: la empresa paga el IR y el IS con normalidad y después el Estado le reembolsa una parte en N+1. El acceso depende del sector, de la parte exportada, de la plantilla y del lugar de implantación.
Qué es la Oferta Offshoring Marruecos 2025-2030
Para el contexto del sector y su régimen fiscal de base, consulte nuestra guía del offshoring de servicios en Marruecos. Este artículo detalla las medidas de la circular del Jefe de Gobierno n.º 15/2025 de 21 de noviembre de 2025, «Aplicación de la Oferta Offshoring Marruecos», adoptada en el marco de la estrategia «Digital Morocco 2030».
Las fechas que hay que retener:
- entrada en vigor el 1 de julio de 2025;
- AIR y AIS aplicables desde el ejercicio 2025;
- fin de las cuatro medidas el 31 de diciembre de 2030.
La acompañan seis anexos, entre ellos los manuales de procedimiento de la AIR, la AIS, la PAE y la PAF (anexos 3 a 6), aprobados el 1 de julio de 2025.
Hay un punto que condiciona todo lo demás: estas medidas son contribuciones presupuestarias y primas que el Estado abona a posteriori. No modifican ni la escala del IR ni los tipos del IS. La empresa ingresa el IR de sus asalariados y su IS como de costumbre y después presenta un expediente al año siguiente. La ventaja de un ejercicio llega como pronto en la primavera o el verano siguientes: el plan de tesorería debe tenerlo en cuenta.
Quién es elegible: los cinco sectores y los criterios de exportación y de plantilla
La circular define el offshoring como la «deslocalización de determinadas actividades o procesos de empresas hacia el Reino de Marruecos». Contempla cinco sectores:
- ITO: gestión de infraestructuras, desarrollo de software, mantenimiento de aplicaciones (redes LAN/WAN, web y móvil, testing).
- CRM: atención al cliente, telemarketing, gestión de reclamaciones y de cobros, digital (help desk, televenta B2C/B2B).
- BPO: funciones administrativas y de negocio (tratamiento contable y financiero, declaraciones fiscales, nóminas, gestión de siniestros).
- ESO: ingeniería, I+D, ingeniería civil (CAD, simulación numérica, software embarcado, investigación clínica).
- KPO: estudios de mercado, data analytics, publicaciones especializadas, legal process outsourcing (modelización financiera, traducción, revisión de contratos).
Esta lista (anexo 1) no es exhaustiva. Para la AIR 20 % se aplican dos condiciones comunes. La primera se refiere a la parte de la cifra de negocios de servicios exportada; el año 1 es el primer año de beneficio en el marco de la circular 15/2025.
| Perfil de la empresa | Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Años 5-6 |
|---|---|---|---|---|---|
| Empresa de nueva creación | 20 % | 20 % | 50 % | 70 % | 70 % |
| Empresa en actividad que nunca se ha beneficiado de la AIR (o solo un año) | 50 % | 50 % | 70 % | 70 % | 70 % |
| Empresa ya beneficiaria de la AIR 20 % durante al menos 3 años | 70 % | 70 % | 70 % | 70 % | 70 % |
La segunda condición fija una plantilla mínima por sector:
| Sector | Empresa nueva | Empresa ya beneficiaria o con más de un año de existencia |
|---|---|---|
| CRM | 100 | 150 |
| BPO | 25 | 50 |
| ITO | 20 | 30 |
| ESO | 20 | 30 |
| KPO | 20 | 30 |
Las demás medidas (AIR 10 %, AIS, PAE) exigen el 70 % de la cifra de negocios de servicios en exportación y una creación neta de empleo a seis años, detallada más abajo. La PAF tiene sus propios umbrales.
Dónde: P2I, fuera de P2I, regiones sin P2I
Una P2I Offshoring (plataforma industrial integrada dedicada al offshoring) es un espacio reservado al offshoring, cercano a un gran centro urbano, con inmuebles flexibles y ventanilla única. Las P2I principales son Casanearshore en Casablanca y Technopolis en Rabat. La circular designa como P2I secundarias Fès Shore, Oujda Shore y Tétouan Shore, «o cualquier futura nueva P2I Offshoring fuera de Rabat y de Casablanca».
El lugar de implantación determina las medidas accesibles:
| Implantación | AIR | AIS | PAE | PAF |
|---|---|---|---|---|
| En una P2I Offshoring (Casablanca, Rabat, P2I secundarias) | Sí (20 %; 10 % en P2I secundaria) | Sí | Sí | Sí |
| Fuera de P2I, en una región que cuenta con una P2I (oficina ordinaria en Casablanca o Rabat) | No | No | Sí | Sí |
| Región sin P2I Offshoring | Sí (10 % si se cumplen criterios específicos; si no, 20 %) | Sí | Sí | Sí |
La segunda fila suele sorprender: una oficina convencional en Casablanca, fuera de Casanearshore, no da derecho ni a la AIR ni a la AIS.
Instalarse en una P2I supone un compromiso de exportación: al menos el 20 % de la cifra de negocios de servicios los dos primeros años, el 50 % el tercero y el 70 % a partir del cuarto. El expediente, presentado ante el gestor, se tramita en 5 días hábiles (25 si se somete al CTO por tratarse de una actividad no incluida en la lista).
La ventanilla única de la P2I cubre la constitución jurídica, los permisos de residencia de los asalariados extranjeros, el acceso a las medidas y los servicios en línea de la CNSS y de la DGI.
La AIR: contribución del Estado sobre el IR por encima del 20 % o del 10 %
La AIR (ventaja ligada al impuesto sobre la renta) garantiza que la carga de IR de cada asalariado no supere el 20 % de su renta bruta imponible (RBI) anual. El umbral baja al 10 % para las empresas instaladas en las P2I secundarias (Fès Shore, Tétouan Shore, Oujda Shore), o en una región sin P2I cuando cumplen los criterios específicos.
El cálculo se hace asalariado por asalariado:
- contribución = IR ingresado − (RBI × 20 % o 10 %), que solo se computa si el resultado es positivo;
- suma de las contribuciones de todos los asalariados;
- multiplicación por el prorrata Y = cifra de negocios de exportación de servicios / cifra de negocios total.
El IR que se toma en cuenta es el efectivamente ingresado en el Tesoro, sin recargos, según el estado 9421 y los justificantes de ingreso.
Para la AIR 10 %, la empresa debe cumplir los criterios comunes y, además, realizar el 70 % de su cifra de negocios de servicios en exportación y alcanzar una creación neta de empleo (CNE) acumulada a seis años. T0 es la plantilla de referencia. Los umbrales son acumulados:
| Sector | T0 (nunca beneficiaria / ya beneficiaria) | Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Años 5-6 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| CRM | 100 / 300 | T0 + 60 | T0 + 120 | T0 + 210 | T0 + 300 | T0 + 420 |
| BPO | 20 / 100 | T0 + 20 | T0 + 40 | T0 + 70 | T0 + 100 | T0 + 140 |
| ITO | 20 / 100 | T0 + 20 | T0 + 40 | T0 + 70 | T0 + 100 | T0 + 140 |
| ESO | 20 / 50 | T0 + 10 | T0 + 20 | T0 + 35 | T0 + 50 | T0 + 70 |
| KPO | 20 / 50 | T0 + 10 | T0 + 20 | T0 + 35 | T0 + 50 | T0 + 70 |
Ejemplo. El cálculo utiliza la escala del IR salarial 2026: 0 % hasta 40 000 DH, después 10 %, 20 %, 30 %, 34 % y 37 % por encima de 180 000 DH. Gastos profesionales del 25 % con un tope de 35 000 DH, CNSS del 4,48 % con un tope de 6 000 DH al mes, AMO del 2,26 %, asalariado sin cargas familiares.
- Un ingeniero ITO tiene una RBI anual de 400 000 DH. Su IR asciende a unos 103 100 DH, es decir, el 25,8 % de la RBI. El tope AIR 20 % es de 80 000 DH. La contribución es de unos 23 100 DH. Con el 90 % de la cifra de negocios en exportación, el Estado abona unos 20 800 DH por este asalariado.
- Un asalariado tiene una RBI de 200 000 DH. Su IR es de unos 31 500 DH, es decir, el 15,7 % de la RBI. La AIR 20 % no produce nada. La AIR 10 % abona unos 11 500 DH × Y.
El orden de magnitud que hay que retener: para un asalariado sin cargas familiares, la AIR 20 % solo actúa por encima de unos 255 000 DH de RBI anual. La AIR 10 % actúa desde unos 155 000 DH. La AIR 20 % se dirige, por tanto, a las remuneraciones elevadas: ITO, ESO, KPO, mandos. En una plataforma CRM con salarios más modestos, a menudo resulta inoperante. La AIR 10 % de las P2I secundarias alcanza a una parte mucho mayor de la plantilla.
La AIR no es acumulable con los demás dispositivos estatales de apoyo a la inversión.
La AIS: el 56 % del tipo de IS asumido
La AIS (ventaja ligada al impuesto sobre sociedades) es una asunción por el Estado del 56 % del tipo de IS aplicado, sobre el resultado en proporción a la cifra de negocios de servicios exportada. La fórmula del anexo 4.1:
E = A × (B / C) × (tipo de IS × 56 %)
- A = resultado neto fiscal (positivo);
- B = cifra de negocios de servicios en exportación;
- C = total de los ingresos imponibles;
- tipo de IS = tipo de la ley de finanzas vigente aplicado a la exportación.
Los criterios son los de la AIR 10 %: el 70 % de la cifra de negocios de servicios en exportación y creación neta de empleo acumulada a seis años según la misma tabla. La AIS no es acumulable con las demás ayudas a la inversión.
Una exclusión merece atención: la empresa cuya cotización mínima supera el IS no tiene derecho a la AIS. Una sociedad de margen reducido, cuya cotización mínima excede el impuesto calculado sobre el resultado, no percibe nada.
La articulación con el CGI es sencilla una vez planteada. El artículo 6-II-B-4° exime totalmente del IS durante 5 ejercicios a las empresas de externalización de servicios y después aplica el tipo del 20 % (véanse nuestras exenciones de IS). Durante la exención, el tipo aplicado es nulo, por lo que la AIS vale cero. En cuanto se aplica el tipo del 20 %, el Estado asume 56 % × 20 % = 11,2 puntos. La empresa soporta el 8,8 % sobre la parte exportada de su resultado y el 20 % sobre el resto.
Ejemplo. Resultado neto fiscal de 5 000 000 DH. Cifra de negocios de exportación de 8 000 000 DH sobre 10 000 000 DH de ingresos imponibles, es decir, el 80 %. IS al 20 % = 1 000 000 DH.
- E = 5 000 000 × 0,8 × 11,2 % = 448 000 DH;
- IS neto soportado: 552 000 DH, es decir, el 11 % del resultado fiscal (8,8 % sobre la parte de exportación, 20 % sobre el 20 % restante).
El expediente AIS añade a los documentos habituales los justificantes de los pagos a cuenta del IS y la declaración fiscal certificada con el cuadro de conciliación.
La PAE: el 17 % de la RBI por cada empleo estable creado
La prima al empleo (PAE) representa el 17 % de la RBI anual, con un tope de 300 000 DH por asalariado, por cada nuevo empleo estable, directo y digno. El empleo debe cumplir todas estas condiciones:
- contrato indefinido, a tiempo completo;
- al menos 18 meses consecutivos, es decir, un mínimo de 468 días trabajados declarados a la CNSS;
- asalariado de nacionalidad marroquí, declarado a la CNSS.
La prima se abona una sola vez por asalariado durante toda la vigencia de la circular.
La empresa debe ejercer una actividad de offshoring, realizar el 70 % de su cifra de negocios de servicios en exportación y alcanzar una creación neta de empleo acumulada. La tabla del anexo 5 parte de un T0 de 150 (CRM), 50 (BPO), 30 (ITO, ESO, KPO) y después aplica los mismos escalones que para la AIR 10 %: +60/+120/+210/+300/+420 para el CRM, +20/+40/+70/+100/+140 para el BPO y el ITO, +10/+20/+35/+50/+70 para el ESO y el KPO.
Solo cuenta la creación neta, siendo T0 la plantilla al cierre del ejercicio anterior al primer año de beneficio. Quedan excluidas las funciones de soporte (RR. HH., finanzas, jurídico…), los directivos y los traslados intragrupo.
La fórmula: PAE = suma de las RBI de los asalariados computados × 17 %. El número computado es el menor entre la creación neta acumulada menos los asalariados ya primados, y los asalariados que han alcanzado 18 meses y aún no han sido primados. En caso de excedente, tienen prioridad el mayor número de días trabajados y después la RBI más elevada; el remanente se traslada.
El punto de vigilancia es el plazo: si ningún contratado ha alcanzado 18 meses en la primera presentación, no se abona ninguna prima ese año.
Ejemplo. 40 contratados elegibles con una RBI media de 90 000 DH: 40 × 90 000 × 17 % = 612 000 DH.
La PAF: el 3,5 % de la RBI en crédito de formación
La prima a la formación (PAF) representa el 3,5 % de la RBI anual, con un tope de 300 000 DH, por cada nuevo contratado de nacionalidad marroquí. Adopta la forma de un crédito de formación por asalariado, abierto en la fecha de contratación, abonado cada año y limitado a 5 años. En caso de cambio de empleador, el asalariado conserva el remanente. El crédito se concede una sola vez por asalariado.
Las condiciones para la empresa:
- actividad de offshoring;
- parte de la cifra de negocios de servicios en exportación del 20 % (años 1-2), 50 % (año 3) y 70 % (años 4-6) para las empresas nuevas o que nunca se han beneficiado del DAF, y del 70 % para las antiguas beneficiarias del DAF;
- plantilla mínima al cierre del ejercicio: CRM 100, BPO 20, ITO 20, ESO 20, KPO 20.
Para el asalariado: contrato indefinido, al menos 6 meses consecutivos a tiempo completo declarados a la CNSS, excluidas las funciones de soporte y los directivos.
La fórmula depende del operador:
- formación externa: por asalariado, mín.(RBI × 3,5 %; coste con impuestos de la formación);
- centro de formación interno: el 80 % de esos importes.
Las formaciones son técnicas y ligadas al offshoring, con las soft skills limitadas al 30 % del volumen horario y un mínimo de 18 días (144 horas) al año. El operador es de libre elección (casa matriz, centro acreditado, consultora de formación, centro interno). La ANAPEC debe ser informada 72 horas antes de cada sesión.
La PAF sigue un procedimiento propio: certificado de elegibilidad anual expedido por la AGCTN previa decisión del CTO, expediente de compromiso presentado ante la ANAPEC y expediente de pago entre el 31 de marzo y el 31 de mayo de N+1.
Las solicitudes presentadas en el marco del anterior dispositivo de ayuda a la formación (DAF, circular 08/2022) antes del 1 de julio de 2025 siguen rigiéndose por dicha circular.
Ejemplo. 40 contratados con una RBI de 90 000 DH y una formación externa de 4 000 DH con impuestos cada uno: mín.(3 150; 4 000) × 40 = 126 000 DH.
Procedimiento y calendario
Para la AIR, la AIS y la PAE, el procedimiento es común.
Presentación. Entre el 31 de marzo y el 31 de mayo del año N+1, ante la AGCTN (Autoridad Gubernamental encargada de la Transición Digital), con acuse de recibo, y/o en la plataforma digital habilitada por la AGCTN. Si la empresa solicita varias medidas para el mismo ejercicio, basta con un solo original de los documentos comunes.
Expediente AIR. Solicitud (anexo 3.1 o 3.2), listado de asalariados compatible con el 9421 (anexo 3.3), nota sobre los elementos de la RBI (3.4), declaración jurada (3.5), estado 9421 certificado y justificantes mensuales de ingreso del IR, declaración fiscal certificada, certificados de cifra de negocios total y de exportación, dos certificados de la CNSS, certificado de estar al corriente de las obligaciones fiscales, RC modelo 7, RIB de menos de 3 meses. Para la AIR 10 %, se añade el certificado de la CNSS de la plantilla al cierre de N-1.
Examen. El CTO (Comité Técnico del Offshoring), presidido por la AGCTN y que reúne, entre otros, al Presupuesto, la DGI, la CNSS y la AMDIE, examina y aprueba los expedientes. Se reúne al menos dos veces al mes.
Pago. A más tardar 60 días hábiles después de la presentación del expediente completo.
Expedientes incompletos. Pueden anularse 18 meses después de la primera presentación, previa notificación y un plazo de 60 días hábiles para completarlos.
Controles. Una contribución sobrevalorada se restituye en un plazo de 60 días hábiles; de lo contrario, se suspende la elegibilidad. Los documentos falsos exponen a acciones penales.
Para un ejercicio 2025 cerrado a 31 de diciembre, el expediente se presenta entre el 31 de marzo y el 31 de mayo de 2026. Se basa en el estado 9421, la declaración fiscal y las declaraciones a la CNSS: estas tres fuentes deben concordar.
No acumulación, medidas transitorias y fin del dispositivo
No acumulación. La AIR y la AIS excluyen las demás ayudas del Estado a la inversión. La PAE queda excluida bajo un convenio específico de prima al empleo. La PAF excluye los contratos especiales de formación (OFPPT) y los programas de empleabilidad de la ANAPEC.
Medidas transitorias. Una empresa que se compromete a instalarse en una P2I puede, con carácter excepcional, beneficiarse de la AIR y de la AIS antes de estar instalada en ella. Necesita un convenio o un memorando de entendimiento con el Estado y una promesa de arrendamiento. La AIR se aplica entonces a la plantilla que trasladará íntegramente a la P2I. La ventaja se extiende desde la firma del convenio hasta la puesta a disposición de los locales.
Fin del dispositivo. Las cuatro medidas finalizan el 31 de diciembre de 2030. Una empresa que crea su sociedad en Marruecos en el offshoring debe tenerlo en cuenta: exenta de IS durante sus cinco primeros ejercicios, una sociedad creada en 2026 seguirá exenta en 2030 y no obtendrá nada de la AIS antes del vencimiento del dispositivo, salvo prórroga. Para comparar los modelos de implantación, consulte las estrategias de nearshoring.
Lo que la prensa ha deformado
«Un tipo efectivo de IS del 11 %». La cifra del 11,2 % es la parte del tipo asumida por el Estado (el 56 % del 20 %). No es lo que paga la empresa. Sobre la parte exportada de su resultado, la empresa soporta el 8,8 %. La cifra del 11 % solo aparece si se mezclan la parte de exportación y el resto, como en el ejemplo anterior con un 80 % de exportación.
«El 56 % a partir del 6.º año». La AIS se aplica en cuanto el IS se aplica efectivamente. Para una empresa nueva exenta durante 5 ejercicios por el artículo 6, eso equivale a partir del 6.º ejercicio. Para una empresa ya gravada al 20 %, es inmediato, desde el ejercicio 2025.
«El IR limitado al 20 %». La escala no cambia. El empleador retiene e ingresa el IR según la escala normal; el Estado le reembolsa en N+1 la parte que supera el 20 % (o el 10 %) de la RBI, en proporción a la exportación.
Preguntas frecuentes
¿Sustituye la Oferta Offshoring a la exención de IS del artículo 6 del CGI?
No. El artículo 6-II-B-4° del CGI sigue aplicándose: exención total de IS durante 5 ejercicios y después tipo del 20 %. La AIS de la circular 15/2025 es una contribución presupuestaria que asume el 56 % del tipo de IS aplicado. Durante la exención, el tipo aplicado es nulo y la AIS vale cero. Solo produce efecto a partir del momento en que el IS al 20 % es efectivamente exigible.
¿Puede beneficiarse de la AIR una empresa instalada en una oficina en Casablanca, fuera de una P2I?
No. Fuera de una P2I Offshoring, en una región que cuenta con una P2I, como Casablanca o Rabat, la empresa no tiene acceso ni a la AIR ni a la AIS. Sigue siendo elegible para la prima al empleo (PAE) y la prima a la formación (PAF) si cumple sus condiciones. La AIR, en cambio, está abierta en las P2I y en las regiones que no tienen P2I Offshoring.
¿A partir de qué salario produce efecto la AIR 20 %?
Para un asalariado sin cargas familiares, el IR solo supera el 20 % de la renta bruta imponible por encima de unos 255 000 DH al año. Por debajo, la AIR 20 % no abona nada. La AIR 10 %, reservada a las P2I secundarias (Fès Shore, Oujda Shore, Tétouan Shore) y a las regiones sin P2I que cumplen criterios específicos, actúa desde unos 155 000 DH de RBI anual.
¿Cuándo y dónde se presentan los expedientes?
Los expedientes AIR, AIS y PAE se presentan entre el 31 de marzo y el 31 de mayo del año siguiente al ejercicio de que se trate, ante la Autoridad Gubernamental encargada de la Transición Digital (AGCTN) o en su plataforma digital. El Comité Técnico del Offshoring (CTO) resuelve y el pago se efectúa a más tardar 60 días hábiles después de la presentación del expediente completo. La PAF exige además un certificado de elegibilidad anual y un expediente de compromiso presentado ante la ANAPEC.
¿Son acumulables las medidas con la carta de la inversión o con los contratos especiales de formación?
La AIR y la AIS no son acumulables con los demás dispositivos estatales de apoyo a la inversión. La PAE queda excluida durante la vigencia de un convenio específico celebrado con el Estado para una prima al empleo. La PAF no es acumulable ni con los contratos especiales de formación (OFPPT) ni con los programas de empleabilidad de la ANAPEC. Una empresa que ya se beneficia de una ayuda del Estado debe verificar la compatibilidad antes de presentar su expediente.
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