En resumen: La representación fiscal en Marruecos es obligatoria para las sociedades extranjeras que prestan servicios gravables con IVA sin establecimiento en el país. El representante fiscal, previsto por el artículo 115 del CGI, se encarga de declarar y pagar el IVA en nombre del proveedor extranjero.
Representación fiscal en Marruecos: los principios básicos
La representación fiscal en Marruecos es una exigencia que emana de los principios de territorialidad previstos por el Código General de Impuestos. En efecto, este mecanismo permite resolver una problemática de imposibilidad de aplicación del IVA a la importación de servicios.
Territorialidad del Impuesto sobre el Valor Añadido
En primer lugar, hay que recordar que el Impuesto sobre el Valor Añadido es un impuesto indirecto ad valorem sobre el consumo. Existente en la mayor parte de los países del mundo, constituye generalmente la principal fuente de ingresos para los Estados. Por otra parte, en todas las regulaciones fiscales, se establecen reglas de territorialidad para determinar (especialmente en caso de relaciones internacionales) el país en el que este impuesto debe ser abonado.
En Marruecos, las reglas de territorialidad del IVA están regidas por el artículo 88 del Código General de Impuestos. Según este artículo, una operación se considera realizada en Marruecos:
“1- si se trata de una venta, cuando esta se realiza en condiciones de entrega de la mercancía en Marruecos;
2- si se trata de cualquier otra operación, cuando la prestación suministrada, el servicio prestado, el derecho cedido o el objeto alquilado son explotados o utilizados en Marruecos.”
El artículo 88 distingue claramente entre dos situaciones fiscales distintas que son: La importación de bienes físicos y la importación de servicios.
IVA sobre la importación de bienes físicos
Cuando un contribuyente de un país vende mercancías a un cliente situado fuera de su país, el IVA se debe generalmente en el país de residencia del cliente.
En efecto, el derecho fiscal marroquí estipula claramente esta regla. Además de las disposiciones del artículo 88, el Código General de Impuestos concede una exoneración explícita sobre la exportación de bienes. Por lo tanto, será gravado en el país de entrega según las reglas de dicho país.
Por el contrario, cuando una mercancía producida en el extranjero se importa a Marruecos, esta es gravable con IVA en Marruecos. En la práctica, el IVA se abona en el momento en que la mercancía cruza la frontera aduanera. Se habla entonces de IVA a la importación de mercancías.
En definitiva, el cliente paga el IVA ante la administración de aduanas. Según el caso, dispone del derecho a deducir este IVA del IVA repercutido a sus clientes.
IVA sobre la importación de prestaciones de servicios
En el caso de una prestación de servicios, la noción de importación y exportación es un poco más complicada de delimitar.
Para simplificar, nos encontramos en una situación donde un prestador de servicios situado fuera de Marruecos presta un servicio a un cliente residente.
En este caso, es fácil entender que los servicios prestados no pueden dar lugar al mismo tratamiento ya que no cruzan la frontera aduanera. El IVA debe ser abonado espontáneamente por el proveedor extranjero.
Por ello, el Código General de Impuestos prevé un mecanismo específico de representación fiscal previsto en el artículo 115 del Código General de Impuestos. En la práctica, este mecanismo tiene como objetivo prevenir el riesgo de que los prestadores extranjeros no cumplan con esta obligación.
La representación fiscal - un mecanismo previsto por el artículo 115 del Código General de Impuestos (CGI).
El artículo 115 del Código General de Impuestos (CGI) prevé que:
“Toda persona que no tenga un establecimiento en Marruecos y que realice allí operaciones gravables en beneficio de un cliente establecido en Marruecos, debe acreditar ante la administración fiscal un representante domiciliado en Marruecos que debe comprometerse a cumplir con las obligaciones a las que están sujetos los contribuyentes que ejercen sus actividades en Marruecos y a pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido exigible.”
Asimismo, el mismo artículo prevé que “A falta de acreditación de un representante, el impuesto debido por la persona no residente debe ser declarado y pagado por su cliente establecido en Marruecos”.
Este mecanismo está estrechamente vinculado al tratamiento de la retención en la fuente sobre prestaciones de servicios extranjeros. Una sociedad marroquí que desee recurrir a los servicios de una sociedad extranjera debe por tanto:
- O bien proceder ella misma a la declaración y al pago del Impuesto sobre el Valor Añadido relativo a la relación en cuestión;
- O bien exigir a la sociedad extranjera que designe un representante fiscal.
Representación fiscal en el marco de contratos de suministro a clientes marroquíes
Una de las situaciones más frecuentes reside en el hecho de que un contrato de suministro de bienes incluya un componente de prestación de servicios (mantenimiento, servicio posventa, formación, …). En este caso, la representación fiscal no concierne al bien que está sujeto al IVA a la importación. Sin embargo, las empresas necesitan designar un representante fiscal para:
- En primer lugar, recibir de sus clientes marroquíes el importe del IVA correspondiente a la parte de prestación de servicios,
- En segundo lugar, elaborar la declaración de IVA relativa a esta parte,
- Por último, pagar el IVA en nombre del proveedor extranjero.
Representación fiscal en el marco de prestaciones a particulares
Ciertas sociedades multinacionales que ofrecen servicios principalmente en línea (Netflix, Amazon, Google…) se encuentran de hecho prestando servicios a clientes marroquíes. En virtud de las disposiciones de la regulación marroquí, el IVA sobre estas prestaciones es debido en Marruecos.
Estas sociedades deberían acreditar en Marruecos un representante fiscal para:
- Recibir directamente de su parte el importe del IVA correspondiente a la parte de prestación de servicios,
- Elaborar la declaración de IVA relativa a esta parte,
- Pagar el IVA en nombre del proveedor extranjero.
Procedimiento para nombrar un representante fiscal
El representante fiscal deberá ser una sociedad que disponga de un identificador fiscal marroquí y que esté en situación regular ante la administración de impuestos.
Para establecer una representación fiscal en Marruecos, hay que hacer una solicitud de creación de un identificador para la sociedad cliente acompañada de los siguientes elementos:
- Mandato de acreditación según un modelo preestablecido (firmado y sellado por la sociedad: firma autenticada ante un notario, un ayuntamiento o la embajada marroquí en el país de residencia de la sociedad);
- Copia certificada conforme del original del contrato de prestación de servicios (cuando el cliente es una persona jurídica);
- Pasaportes de los representantes legales de la sociedad extranjera (Copia certificada conforme);
- Estatutos de la sociedad extranjera (Copia certificada conforme);
- Copia certificada conforme del acta que justifica el mandato de la persona que firma la carta de acreditación (punto 6) Y extracto original del KBIS con mención de esta persona como representante legal;
- Lista de accionistas actualizada (firmada por el directivo de la sociedad);
Los servicios de Upsilon Consulting
Nuestra oferta de servicios de representación fiscal en Marruecos incluye:
- Realizar los trámites necesarios para suscribir una declaración de existencia fiscal;
- Proporcionarle un certificado de representación fiscal local (domiciliación fiscal);
- Facilitar el número de identificación fiscal;
- Suscribir las declaraciones de IVA durante el período del contrato;
- Recibir de parte de sus clientes los fondos destinados al pago del IVA;
- Efectuar el pago del IVA y proporcionarle los justificantes de pago;
- Proceder a una declaración de baja al finalizar el contrato;
- Trámites ante la oficina de cambios para reembolsar el saldo de IVA si lo hubiera.
Este artículo está actualizado con las disposiciones fiscales vigentes en 2026.
Este artículo ha sido elaborado por los expertos fiscales de Upsilon Consulting, despacho inscrito en el Colegio de Expertos Contables (OEC) de Marruecos, con amplia experiencia en representación fiscal de sociedades extranjeras.
Contáctenos sin dudar para su representación fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es necesaria la representación fiscal en Marruecos?
La representación fiscal es obligatoria para las sociedades extranjeras que realizan operaciones gravables con IVA en Marruecos sin disponer de un establecimiento permanente en el país. El representante fiscal se encarga de las obligaciones declarativas y del pago del IVA.
¿Qué documentos son necesarios para nombrar un representante fiscal en Marruecos?
Se requieren la carta de acreditación del representante fiscal, el contrato de prestación de servicios, los pasaportes de los representantes legales, los estatutos de la sociedad extranjera, un extracto del KBIS y la lista actualizada de accionistas.
¿Cuáles son las obligaciones del representante fiscal en Marruecos?
El representante fiscal en Marruecos asume diversas obligaciones en nombre de la sociedad extranjera: suscribir la declaración de existencia fiscal, presentar las declaraciones de IVA periódicas, recibir los fondos destinados al pago del impuesto y efectuar dicho pago ante la administración tributaria. Asimismo, debe facilitar el número de identificación fiscal, proporcionar los justificantes de pago y, al finalizar el contrato, proceder a la declaración de baja y gestionar ante la oficina de cambios el reembolso del saldo de IVA si lo hubiera.
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