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Impuesto de Sociedades en Marruecos (I.S.) | Upsilon Consulting

Salaheddine YatimAbdelhakim SoudiYassine Benjelloun Touimi

Salaheddine Yatim, Abdelhakim Soudi, Yassine Benjelloun Touimi

Upsilon Consulting

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Impuesto de Sociedades en Marruecos (I.S.) | Upsilon Consulting

En resumen: El IS en Marruecos se aplica sobre los beneficios de las sociedades con tipos proporcionales: 20 % si el beneficio neto fiscal es inferior a 100 M MAD y 35 % si es igual o superior a 100 M MAD (tipos objetivo 2026). La cotización mínima es del 0,25 % de la cifra de negocios, con un mínimo de 3.000 MAD.

Artículo revisado por Salaheddine Yatim, experto contable diplomado y Managing Partner de Upsilon Consulting, con más de 17 años de experiencia en asesoramiento empresarial en Marruecos.

El Impuesto de Sociedades: Este artículo ofrece un resumen conciso de las disposiciones del Código General de Impuestos (C.G.I.) actualizado a 2026 en lo que respecta al Impuesto de Sociedades. En ningún caso, este resumen puede sustituir a una consulta fiscal o a una lectura detallada de las disposiciones del CGI y de las circulares vigentes.

El Impuesto de Sociedades representa un componente del pilar de la fiscalidad en Marruecos.

Impuesto de Sociedades - ¿Qué es?

El Impuesto de Sociedades (I.S.) en Marruecos es un impuesto que se aplica sobre los beneficios obtenidos por las sociedades (a excepción de las sociedades de personas que tienen derecho a optar por el I.R.). Se aplica principalmente a los beneficios de las S.R.L. (Sociedades de Responsabilidad Limitada) y de las S.A. (Sociedades Anónimas). Conocer el IS es un paso esencial al crear una empresa en Marruecos.

Se trata de un impuesto establecido sobre base declarativa. Esto significa que cada sociedad debe presentar cada año una declaración de resultado fiscal y pagar espontáneamente el Impuesto de Sociedades (I.S.)

Consultar también: Externalización de servicios en Marruecos: lo que hay que saber

¿Cuál es el ámbito de aplicación del I.S. (Impuesto de Sociedades) en Marruecos?

El ámbito de aplicación se define en relación con dos factores clave:

  • En primer lugar, la territorialidad (en qué zona se aplica el impuesto)
  • En segundo lugar, las atribuciones de las personas (o entidades a las que se aplica)

Territorialidad

Ante todo, en materia de territorios, este impuesto se aplica obligatoriamente a las sociedades cuyo domicilio social está en Marruecos. Además, puede aplicarse a sociedades que no tienen su sede en Marruecos en los siguientes casos:

  • Si una sociedad no tiene su sede en Marruecos pero posee en él un establecimiento considerado permanente (por ejemplo, ejerce una actividad en forma de sucursal);
  • Si una sociedad ejerce una actividad lucrativa en Marruecos cuya imposición corresponde a Marruecos en virtud de un convenio para evitar la doble imposición.

Además, cabe señalar que en virtud de las disposiciones de la circular 717 (que contiene la interpretación de la Administración fiscal marroquí de las disposiciones del Código General de Impuestos), se consideran establecimientos permanentes los siguientes casos:

  • En primer lugar, las sedes de dirección o de explotación;
  • En segundo lugar, las sucursales, las agencias, los establecimientos de venta;
  • Las obras de construcción o montaje;
  • Y por último, las oficinas o mostradores de compras explotados en Marruecos por una sociedad no residente que procede a la compra de mercancías para su reventa en el estado en que se encuentran.

Personas imponibles

El Código General de Impuestos (CGI) estipula que el I.S. se aplica obligatoriamente a los productos, beneficios e ingresos de:

  • Sociedades cualesquiera que sean sus formas y objetos;
  • Establecimientos públicos y otras personas jurídicas que realizan operaciones de carácter lucrativo;
  • Asociaciones y organismos legalmente asimilados por sus actividades lucrativas;
  • Fondos creados por vía legislativa o por convenio;
  • Sucursales de sociedades no residentes o de agrupaciones de dichas sociedades;

En determinadas formas de sociedades de personas (por ejemplo, sociedades colectivas…), el I.S. puede ser debido por opción irrevocable del contribuyente.

¿Cuál es la base imponible del Impuesto de Sociedades (I.S.)?

El I.S. se calcula sobre el resultado fiscal de la empresa que debe determinarse según las normas contables vigentes en Marruecos.

En virtud de las disposiciones del artículo 8-I del C.G.I., el resultado fiscal de cada ejercicio contable es el excedente de los productos sobre los gastos del ejercicio.

Se consideran como gastos deducibles los gastos incurridos o soportados para las necesidades de la actividad imponible.

En la práctica, el cuadro de paso del resultado contable al resultado fiscal permite neutralizar, en particular, los gastos considerados como no deducibles, a saber, por ejemplo:

  • Gastos no vinculados a la explotación

  • Multas, penalizaciones y recargos

  • Gastos no justificados por un documento regular

  • Liberalidades

  • Ciertos gastos cuya deducibilidad se considera limitada, por ejemplo:

    Las dotaciones de amortización de los vehículos de turismo se aceptan en el límite de un importe total de 300.000 MAD por vehículo en una duración de 5 años)

  • Limitación del importe deducible al 50% para ciertos gastos cuando se liquidan en efectivo;

En caso de ejercicio deficitario, las pérdidas fiscales se trasladan a cuatro ejercicios, a excepción de las relativas a amortizaciones que son trasladables sin limitación en el tiempo.

¿Cuál es el tipo del I.S. (Impuesto de Sociedades) aplicable en Marruecos?

Actualizado con las disposiciones previstas por la ley de finanzas 2026.

Los nuevos tipos aplicables de la ley de finanzas 2023 son los siguientes:

**Nivel de resultado neto** **Tipo actualmente en vigor** **Propuesta PLF 2023**
**2022** **2023** **2024** **2025** **2026**
Inferior o igual a 300 000 10% 12.5% 15% 17.5% 20%
De 300 001 a 1 000 000 20% 20% 20% 20% 20%
De 1 000 000 a 99 999 999 31% 28,25% 25.5% 22,75% 20%
Superior o igual a 100 000 000 31% 32% 33% 34% 35%

Regímenes específicos

() La actividad industrial se entiende como toda actividad que consiste en fabricar o transformar directamente bienes muebles corporales mediante instalaciones técnicas, materiales y utillaje cuyo papel es preponderante.*

Cabe señalar también que se prevén ciertos tipos específicos en determinados casos: No obstante, se fija en el 20% el tipo aplicado al tramo cuyo importe de beneficio neto es superior a 1.000.000 de dirhams, para ciertas actividades (en particular):

  • Empresas exportadoras de bienes y servicios
  • Hoteles y establecimientos de animación turística
  • Empresas artesanales
  • Establecimientos privados de enseñanza o de formación profesional
  • Explotaciones agrícolas

El Código General prevé también regímenes específicos para ciertos tipos de sociedades:

Estas sociedades se benefician de una exoneración de 5 años y luego de un tipo del 15% a partir de entonces.

Estas sociedades se benefician de la exoneración durante una duración de 5 años y luego de un tipo del 20% a partir de entonces.

Por último, conforme a las disposiciones del Artículo 6-II-B-4, ciertas actividades industriales fijadas por decreto se benefician de una exoneración total del I.S. durante los cinco (5) primeros ejercicios consecutivos a partir de la fecha de inicio de su explotación.

Consultar también: Cálculo del I.S.

Cotización mínima

El impuesto debido no podrá ser inferior al 0,25% (ley de finanzas 2023) de la cifra de negocios sin IVA anual (cotización mínima del I.S.), ni a 3.000 MAD.

Así, la cotización mínima del I.S. es exigible incluso en caso de ejercicio deficitario. Por el contrario, en caso de ejercicio con beneficios, se imputa al I.S. No obstante, la parte de cotización mínima que excede al I.S. puede imputarse al importe del I.S. de los 3 ejercicios siguientes.

En principio, una exoneración de la cotización mínima es aplicable durante los tres ejercicios siguientes a la creación de una sociedad. Sin embargo, esta exoneración no es aplicable cuando se trata de una entidad concesionaria de servicio público (artículo 144 C 1° del CGI Marruecos).

¿Cuáles son las modalidades de pago del I.S.?

El pago del impuesto se realiza espontáneamente a través de 4 anticipos provisionales trimestrales. En la práctica, los anticipos se calculan sobre la base del impuesto debido del año anterior. Además, hay que señalar que:

  • En primer lugar, cuando el importe definitivo del I.S. correspondiente a un año es superior a los anticipos abonados, la empresa efectúa la regularización. Esta regularización corresponde al pago espontáneo del saldo restante por la sociedad.
  • En segundo lugar, en caso de excedente de impuesto, la empresa debe imputarlo de oficio a los anticipos provisionales de los ejercicios siguientes.

La declaración del I.S. se realiza por teledeclaración.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tipo impositivo del IS en Marruecos en 2025?

El tipo del IS en Marruecos se aplica según un baremo proporcional (no progresivo): un tipo único se aplica sobre la totalidad del beneficio según el tramo en el que se sitúe. Los tipos objetivo (a partir de 2026) son: 20 % si el beneficio neto fiscal es inferior a 100 M MAD y 35 % si es igual o superior. Ciertos sectores se benefician de tipos reducidos o exenciones.

¿Qué sociedades están sujetas al Impuesto de Sociedades en Marruecos?

Están sujetas al IS todas las sociedades de capitales (SA, SRL, SAS), así como los establecimientos públicos con actividad lucrativa. Las sociedades de personas pueden optar por el IS, pero están sujetas al IR por defecto. Las asociaciones sin ánimo de lucro están exentas salvo por sus actividades lucrativas.

¿Cómo se calcula la base imponible del IS?

La base imponible se determina por la diferencia entre los productos imponibles y los gastos deducibles del ejercicio. El resultado contable se ajusta mediante reintegraciones de gastos no deducibles y deducciones de elementos no imponibles para obtener el resultado fiscal sobre el que se aplica el baremo del IS.

¿Existe un impuesto mínimo a pagar aunque la empresa tenga pérdidas?

Sí, la contribución mínima obliga a las sociedades a pagar un mínimo del IS aunque registren un resultado deficitario. Esta contribución se calcula sobre la base de la cifra de negocios y otros productos, con un mínimo de 3.000 MAD. Las empresas nuevas están exoneradas durante sus tres primeros ejercicios.

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