En resumen: Un control fiscal se prepara con antelación. Esta checklist de 20 documentos imprescindibles cubre las piezas contables, jurídicas y bancarias que reunir. El contribuyente dispone de derechos garantizados por la Carta del contribuyente: asistencia de un experto contable, confidencialidad, plazos de respuesta. En caso de desacuerdo, existen tres niveles de recurso: comisión local, comisión nacional, tribunal administrativo.
Checklist de preparación: los 20 documentos imprescindibles
La recepción de un aviso de verificación de la DGI desencadena una cuenta atrás. La empresa dispone de 15 días a partir de la notificación para organizar su documentación. A continuación, la lista exhaustiva de las piezas que debe constituir y verificar antes de la llegada del inspector.
Documentos contables
| N.° | Documento | Verificaciones a realizar |
|---|---|---|
| 1 | Libro mayor (todas las cuentas) | Concordancia con el balance general |
| 2 | Balance general de los ejercicios verificados | Saldos deudores/acreedores coherentes |
| 3 | Diarios contables (compras, ventas, banco, OD, nómina) | Numeración continua, sin huecos |
| 4 | Libro de inventario | Firmado y visado, conforme al CGNC |
| 5 | Estados financieros (balances + CPC + ESG + cuadros anexos) | Conformidad con las declaraciones SIMPL |
| 6 | Fichero de asientos contables (FEC) | Formato conforme, extracción probada |
| 7 | Cuadro de amortizaciones | Duraciones conformes a los usos, sin sobreamortización |
| 8 | Estado de provisiones | Justificación individualizada, carácter probable y determinado |
Documentos jurídicos
| N.° | Documento | Verificaciones a realizar |
|---|---|---|
| 9 | Estatutos de la sociedad (versión actualizada) | Conformidad con el RC y el OMPIC |
| 10 | Actas de Asambleas Generales (AGO + AGE) | Aprobación de cuentas, asignación de resultados |
| 11 | Actas del Consejo de administración / gerencia | Decisiones de remuneración, convenios regulados |
| 12 | Contratos significativos (alquiler, proveedores, clientes, prestaciones intragrupo) | Coherencia con los asientos contables |
| 13 | Documentación de precios de transferencia | Obligatoria si CA > 50 M DH (Art 214-III CGI) |
Documentos fiscales y bancarios
| N.° | Documento | Verificaciones a realizar |
|---|---|---|
| 14 | Declaraciones fiscales (IS, IVA, IR salarial, RAS, CSS) | Todas presentadas dentro de plazo |
| 15 | Extractos bancarios completos | Todas las cuentas, todos los meses |
| 16 | Conciliaciones bancarias mensuales | Diferencias identificadas y justificadas |
| 17 | Justificantes de compras (Art 146 CGI) | Facturas conformes: nombre, ICE, IVA, fecha |
| 18 | Registro de inmovilizado | Coherencia con el cuadro de amortizaciones |
| 19 | Contratos de trabajo + nóminas | CNSS, AMO, IR salarial coherentes |
| 20 | Expediente permanente (organigrama, lista de socios, historial de modificaciones estatutarias) | Completo y actualizado |
Derechos del contribuyente verificado
La Carta del contribuyente
La Carta de derechos y obligaciones del contribuyente verificado debe notificarse obligatoriamente al contribuyente junto con el aviso de verificación. Su incumplimiento constituye un vicio de procedimiento que puede conllevar la anulación del ajuste. Estos son los principales derechos garantizados:
Derecho a la información previa
- Recepción del aviso de verificación 15 días antes del inicio de las operaciones
- Mención de los ejercicios e impuestos afectados
- Entrega de la Carta del contribuyente
Derecho a la asistencia
- El contribuyente puede hacerse asistir por un experto contable, un abogado fiscalista o cualquier asesor de su elección durante toda la duración de la verificación
- El inspector no puede rechazar la presencia del asesor
Derecho a la confidencialidad
- Las informaciones recogidas durante el control están cubiertas por el secreto profesional (Art 246 CGI)
- El inspector no puede comunicar las informaciones obtenidas a terceros
Derecho al debate oral y contradictorio
- El inspector está obligado a entablar un intercambio con el contribuyente antes de notificar los ajustes
- El contribuyente puede presentar sus observaciones y justificaciones
Derecho de rectificación
- En caso de error en las declaraciones, el contribuyente puede regularizar su situación antes de la notificación definitiva de los ajustes
- La regularización espontánea atenúa las recargos
Lo que el inspector puede y no puede hacer
| El inspector PUEDE | El inspector NO PUEDE |
|---|---|
| Solicitar todos los documentos contables y justificantes | Llevarse los originales fuera de la empresa |
| Efectuar cruces con terceros | Superar la duración legal de la verificación |
| Consultar el sistema informático contable | Acceder a documentos sin relación con la verificación |
| Realizar constataciones materiales | Ejercer presiones o amenazas |
| Solicitar explicaciones orales | Notificar un ajuste sin intercambio previo |
Plazos legales del control fiscal
Cuadro recapitulativo de los plazos
| Etapa | Plazo | Referencia CGI |
|---|---|---|
| Notificación del aviso de verificación | Mínimo 15 días antes del inicio de las operaciones | Art 212 |
| Duración de la verificación in situ | 3 meses (CA ≤ 50 M DH sin IVA) o 6 meses (CA > 50 M DH sin IVA) | Art 212-I |
| 1.ª notificación de ajuste | En los 3 meses siguientes al fin de la verificación | Art 220 |
| Respuesta del contribuyente (1.ª notificación) | 30 días a partir de la recepción | Art 220 |
| 2.ª notificación (en caso de mantenimiento de los ajustes) | Sin plazo legal impuesto, pero práctica habitual de 60 días | Art 220-II |
| Respuesta del contribuyente (2.ª notificación) | 30 días a partir de la recepción | Art 220-II |
| Prescripción del derecho de control | 4 años a partir del año de imposición | Art 232 |
| Prescripción en caso de fraude | 4 años (sin prolongación, salvo procedimiento penal) | Art 232 |
Plazo de prescripción: atención a las interrupciones
El plazo de prescripción de 4 años corre a partir del 1 de enero del año siguiente al del ejercicio fiscal correspondiente. Ejemplo: para el ejercicio 2022, la prescripción se produce el 31 de diciembre de 2026.
Este plazo se interrumpe por:
- La notificación del aviso de verificación
- Cualquier notificación de ajuste
- Una solicitud de información escrita de la administración
- Un recurso contencioso
Baremo de sanciones fiscales
Recargos y penalidades (Art 184-192 CGI)
| Infracción | Sanción | Referencia |
|---|---|---|
| Presentación tardía de declaración (< 30 días) | 5 % del importe del impuesto + 0,5 % de interés de demora por mes | Art 184 |
| Presentación tardía de declaración (> 30 días) | 15 % del importe del impuesto + 0,5 % de interés de demora por mes | Art 184 |
| Declaración incompleta o insuficiente | 15 % de los derechos complementarios | Art 186 |
| Rectificación tras control (buena fe) | 15 % de los derechos suplementarios | Art 186 |
| Rectificación tras control (mala fe) | 20 % de los derechos suplementarios | Art 187 |
| Fraude fiscal caracterizado | 100 % de los derechos eludidos | Art 187 |
| Falta de facturación | Multa de 2 000 DH por infracción | Art 191 |
| No llevanza o destrucción de contabilidad | Multa de 2 000 DH | Art 191-II |
| Obstáculos al control | Multa de 2 000 DH | Art 191-III |
Sanciones penales (Art 192 CGI)
En caso de fraude fiscal grave o de maniobras fraudulentas, el contribuyente se expone a sanciones penales:
- Multa: 5.000 a 50.000 DH
- Prisión: 1 a 3 meses (acumulable con la multa)
- Desde la LF 2021, la pena de prisión es aplicable desde la primera infracción (no solo en caso de reincidencia)
- Para facturas ficticias, el ministro de Finanzas remite directamente al Fiscal del Rey (Art 231)
Las actuaciones penales son independientes de los ajustes fiscales.
Vías de recurso
Fase precontenciosa: las comisiones
Existen tres comisiones ante las cuales el contribuyente puede recurrir en caso de desacuerdo con la administración fiscal:
1. Comisión Local de Tributación (CLT) — Art 225
- Competencia: CPU, rentas inmobiliarias, derechos de registro
- Solo puede pronunciarse sobre cuestiones de hecho (evaluación de la cifra de negocios reconstituida, gastos rechazados, etc.)
- Recurso: en los 30 días siguientes a la 2.ª notificación
- Plazo de decisión: 12 meses
2. Comisión Regional de Recurso Fiscal (CRRF) — Art 225 bis (creada por LF 2022)
- Competencia: capitales mobiliarios, verificaciones de contribuyentes con CA < 10 M DH
- Recurso: en los 30 días siguientes a la 2.ª notificación
- Plazo de decisión: 12 meses
3. Comisión Nacional de Recurso Fiscal (CNRF) — Art 226
- Competencia: verificaciones de contribuyentes con CA ≥ 10 M DH, EESF (todo CA), abuso de derecho, deficiencias de la CLT/CRRF
- Puede tratar cuestiones de derecho SOLO en materia de abuso de derecho
- Dispone de 7 subcomisiones
- Plazo de decisión: 12 meses — sin decisión en 12 meses = sin rectificación posible
Cuadro comparativo de las comisiones
| Criterio | CLT (Art 225) | CRRF (Art 225 bis) | CNRF (Art 226) |
|---|---|---|---|
| Competencia | CPU, rentas inmobiliarias, registro | Capitales mobiliarios, verificaciones CA < 10 M DH | Verificaciones CA ≥ 10 M DH, EESF, abuso de derecho, deficiencias CLT/CRRF |
| Cuestiones tratadas | Solo de hecho | Solo de hecho | De hecho + de derecho (solo abuso de derecho) |
| Plazo de recurso | 30 días | 30 días | 60 días tras decisión CLT/CRRF |
| Plazo de decisión | 12 meses | 12 meses | 12 meses (sin decisión = sin rectificación) |
| Creación | Histórica | LF 2022 | Histórica (7 subcomisiones) |
Fase contenciosa: el tribunal administrativo
| Etapa | Plazo | Jurisdicción |
|---|---|---|
| Reclamación previa ante el Director de Impuestos | 6 meses tras la puesta en cobro | Administración |
| Recurso en 1.ª instancia | 30 días tras rechazo de la reclamación | Tribunal administrativo |
| Apelación | 30 días tras notificación de la sentencia | Tribunal de apelación administrativo |
| Casación | 30 días tras notificación del fallo | Tribunal de Casación |
Consejos prácticos para los recursos
- Constituya su expediente desde la 1.ª notificación: la calidad de la respuesta a la 1.ª notificación condiciona a menudo el resultado del control
- Documente cada intercambio con el inspector (correos certificados, acuses de recibo)
- Hágase asistir por un experto contable o un abogado fiscalista desde la fase de verificación, no solo en la fase de recurso
- Respete escrupulosamente los plazos: un plazo superado por un solo día conlleva la preclusión
Para más información sobre el desarrollo de un control, consulte nuestro artículo Control fiscal en Marruecos: lo que hay que saber.
Preparar un control fiscal: metodología en 5 etapas
Etapa 1: Auditoría interna preventiva
Antes incluso de recibir un aviso de verificación, las empresas bien organizadas realizan una auditoría fiscal interna anual. Este ejercicio permite detectar las zonas de riesgo:
- Gastos no justificados por facturas conformes
- IVA deducido sobre operaciones no elegibles
- Incoherencias entre las declaraciones de IVA y la cifra de negocios contable
- Transacciones intragrupo sin documentación de precios de transferencia
- Provisiones no justificadas o insuficientemente documentadas
Etapa 2: Asegurar la documentación
Cada asiento contable debe estar respaldado por un justificante probatorio en el sentido del artículo 146 del CGI. Verifique que:
- Todas las facturas de proveedores incluyan el nombre, la dirección, el ICE, el número de patente, el detalle del IVA
- Las notas de gastos estén respaldadas por justificantes originales
- Los convenios intragrupo estén formalizados por escrito y respeten el principio de plena competencia
Etapa 3: Realizar las conciliaciones
- Conciliación CA declarado IVA vs CA contable vs CA declarado IS: es la primera prueba realizada por el inspector
- Conciliación bancaria: verifique que todos los cobros estén contabilizados como ingresos
- Conciliación masa salarial: coherencia entre las declaraciones CNSS, las declaraciones IR salarial (declaración 9421) y la contabilidad
Etapa 4: Preparar las respuestas a las preguntas frecuentes
Los inspectores interrogan sistemáticamente sobre:
- Los gastos excepcionales o inusuales
- Los abandono de créditos
- Las variaciones significativas de margen de un año a otro
- Las operaciones con el extranjero (RAS, IVA, retenciones convencionales)
- Las ventajas en especie concedidas a los directivos
Etapa 5: Organizar la logística
- Prever un despacho dedicado para el inspector
- Designar un interlocutor único (idealmente el director financiero o el experto contable)
- Preparar los archivadores por ejercicio y por impuesto
- Probar la extracción del FEC desde el software contable
Recurrir a un profesional
Una auditoría fiscal preventiva realizada por un despacho de expertos contables permite identificar los riesgos antes del control y constituir los justificantes necesarios. El acompañamiento durante el control por un profesional reduce significativamente el importe de los ajustes.
Para las empresas con operaciones internacionales, una revisión de la documentación de precios de transferencia es indispensable, en particular desde el refuerzo de las obligaciones declarativas por el CGI 2026.
La gestión de las declaraciones a través de SIMPL y la conformidad de los gastos deducibles constituyen los dos pilares de un expediente fiscal sólido.
Upsilon Consulting acompaña a las empresas marroquíes en cada etapa del control fiscal. Contáctenos para un diagnóstico preventivo.