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Sociedad por Acciones Simplificada (SAS): 4 preguntas y respuestas | Upsilon Consulting

Salaheddine Yatim

Salaheddine Yatim

Managing Partner

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Sociedad por Acciones Simplificada (SAS): 4 preguntas y respuestas | Upsilon Consulting

En resumen: La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) en Marruecos, introducida por la ley 19-20, ofrece una flexibilidad notable para estructurar grupos, joint ventures y startups. Sin capital mínimo, con responsabilidad limitada y gran libertad estatutaria, es ideal para emprendedores que buscan una gobernanza a medida. Consulte también la SRL en Marruecos y la SA en Marruecos.

Sociedad por Acciones Simplificada SAS: una palanca de refuerzo de la libertad contractual

La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es un modelo de empresa que ofrece una flexibilidad notable y se adapta a las necesidades específicas de los emprendedores y de las sociedades de todos los tamaños. He aquí una síntesis informativa basada en el artículo de Upsilon Consulting, un despacho experto en asesoramiento fiscal y planificación estratégica, sobre la SAS. La SAS (Sociedad por Acciones Simplificada) es una forma jurídica de sociedad introducida por la ley n.° 19-20. En efecto, esta ley modifica las leyes n.° 5-96 y 17-95.

Introduce la estructura y las reglas imperativas relativas a la Sociedad por Acciones Simplificada. Además, responde a expectativas que los operadores del mundo empresarial expresan desde hace tiempo. La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) se basa en el principio de la libertad contractual de los socios. En efecto, este principio se manifiesta en los estatutos de la sociedad que ofrecen una estructura flexible. Asimismo, la Sociedad por Acciones Simplificada concede un gran espacio al intuitu personae de los socios.

En otros contextos, la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) representa una forma jurídica cada vez más apreciada en el panorama empresarial contemporáneo. Combinando flexibilidad y seguridad, se distingue por su capacidad para adaptarse a las necesidades específicas de las empresas, ya se trate de startups innovadoras o de proyectos de envergadura. Este tipo de sociedad ofrece un marco jurídico que permite una gran libertad en la organización y la gestión, protegiendo al mismo tiempo a los socios mediante una responsabilidad limitada a su aportación de capital. En Marruecos, desde su introducción, seduce cada vez más. Sin embargo, está todavía lejos de destronar al vehículo jurídico favorito del inversor marroquí: La sociedad de responsabilidad limitada (SRL).

Este artículo pretende proporcionar una comprensión profunda de la SAS, abordando sus características esenciales, su estructura de dirección y los aspectos clave de su gestión. También exploraremos la responsabilidad de los socios, el funcionamiento interno de esta forma jurídica y las modalidades específicas vinculadas a la toma de decisiones y a la transmisión de acciones. Enriquecido con consejos prácticos e información detallada, este artículo pretende ser una guía esencial para cualquiera que considere crear o implicarse en una Sociedad por Acciones Simplificada.

¿Por qué considerar la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) en Marruecos?

¿Qué es la SAS?

En el mundo empresarial, la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) se distingue como una estructura jurídica moderna y polivalente. Concretamente, se trata de una entidad de capitales donde la relación entre los socios se basa menos en su persona y más en su aportación financiera. Esta forma jurídica es especialmente apreciada por su gran flexibilidad: los estatutos de la SAS pueden configurarse libremente por los socios, permitiéndoles así estructurar la empresa según sus necesidades específicas.

Una de las ventajas principales reside en su marco reglamentario más ligero en comparación con otras formas de empresa como la sociedad anónima (SA). Permite una mayor libertad en la definición de los roles y poderes de cada socio, ofreciendo así una oportunidad única de adaptación e innovación. Además, el estatuto de la SAS facilita la entrada de nuevos inversores y resulta ideal para las empresas en rápido crecimiento, como las startups tecnológicas, que necesitan ajustes rápidos y decisiones ágiles.

¿Cuáles son las principales ventajas de esta forma jurídica en Marruecos?

Antes de la ley 19-20, esta forma jurídica ya existía. Sin embargo, se destinaba únicamente a las grandes inversiones como:

  • Filiales comunes de grandes grupos
  • Joint ventures entre socios estratégicos

En efecto, la naturaleza de los socios que exigía y los mínimos de capital la hacían una herramienta inaccesible para las PYME. En adelante constituye una herramienta de estructuración de grupos de cualquier tamaño. Puede, además, afectar incluso a los empresarios individuales. En efecto, ahora se pueden crear Sociedades por Acciones Simplificadas Unipersonales (SASU).

Esta sociedad ofrece las siguientes ventajas:

  • Flexibilidad de funcionamiento: menos rígida que la SA o la SRL
  • Disociación capital/poder: posibilidad de separar la participación financiera del control
  • Refuerzo del derecho de información de los socios
  • Plazos más razonables que la SA para la realización de operaciones

La ley ha reducido el ámbito legal de la SAS. Por ello, las modalidades de funcionamiento de la sociedad se definen en los estatutos de la sociedad.

¿Para qué montajes jurídicos elegir la SAS?

La SAS es una opción acertada para los inversores que buscan adoptar:

  • estructuras poco restrictivas;
  • estando al mismo tiempo en condiciones de crear montajes jurídicos específicos;
  • PYME que buscan desarrollarse y cooperar con otras empresas para reforzar su alianza.

La SAS es también una herramienta eficaz para la filialización. En efecto, asegura una buena gestión del grupo incluyendo cláusulas específicas en los estatutos.

Además, la SAS es la técnica ideal para la transmisión de empresa. En efecto, las cláusulas estatutarias permiten un buen reparto de poderes y una disolución perfecta del poder.

La SAS puede también servir de holding para mantener participaciones en otras sociedades en el marco de un grupo.

¿Cuáles son las particularidades de la Sociedad por Acciones Simplificada respecto a la SRL y a la SA?

**El marco jurídico** **SAS** **SRL** **SA**
**Capital social** Sin capital mínimo Sin capital mínimo Sociedades no cotizadas: 300.000 DH

Sociedades cotizadas: 3.000.000 DH

**El número de socios/accionistas** Posibilidad con un solo socio (persona física o jurídica). Posibilidad con un solo socio (persona física o jurídica) Mínimo 5 accionistas
**Organización de la sociedad** Las reglas se definen en los estatutos. La SRL debe respetar un cierto número de reglas de orden público:

Las reglas de mayoría o de modificación del derecho de voto…

Con el fin de proteger a los accionistas minoritarios, la ley define estrictamente el funcionamiento de la SA, lo que restringe la libertad de los accionistas.
**Apelación pública al ahorro** Prohibida Prohibida Posible
**Auditor de cuentas** El nombramiento de uno o varios auditores es obligatorio cuando la cifra de negocios supera el umbral fijado por vía reglamentaria. El nombramiento de uno o varios auditores es obligatorio cuando la cifra de negocios supera el umbral de 50 millones de dírhams. Las sociedades que hacen apelación pública al ahorro están obligadas a designar al menos dos auditores de cuentas; lo mismo ocurre con las sociedades bancarias, de crédito, de inversión, de seguros, de capitalización y de ahorro.
**El pacto de accionistas** Las cláusulas para asegurar la cohesión y la estabilidad pueden inscribirse directamente en los estatutos. La distribución en participaciones sociales puede eventualmente preverse en un contrato entre los socios. Debido al marco jurídico rígido de la SA, los accionistas adoptan pactos de accionistas, distintos de los estatutos, para asegurar la cohesión y la estabilidad del accionariado.

¿Cómo constituir una Sociedad por Acciones Simplificada?

La constitución de la SAS está sujeta a los mismos trámites y formalidades regidos por las leyes 5-96 y 17-95 para todas las sociedades.

Para crear una Sociedad por Acciones Simplificada en Marruecos, los pasos son los siguientes:

  1. Obtener un Certificado negativo
  2. Elegir una dirección de domicilio social
  3. Elaborar los estatutos de la sociedad (específicos en el caso de la SAS)
  4. Registrar las escrituras de constitución
  5. Inscribirse en el impuesto profesional (T.P)
  6. Obtener una identificación fiscal (I.F)
  7. Inscribirse en el Registro Mercantil (RC)
  8. Afiliarse a la Caja Nacional de la Seguridad Social
  9. Realizar las publicaciones oficiales (en el JAL y BO)
  10. Abrir una cuenta bancaria en el banco de su elección

¿Cómo puede asistirle Upsilon Consulting?

Considerar la creación o la gestión de una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) puede resultar complejo y a menudo requiere una experiencia especializada. Ahí es donde interviene Upsilon Consulting. Gracias a nuestra amplia experiencia en asesoramiento jurídico y gestión empresarial, estamos idealmente situados para acompañar a los emprendedores en cada etapa de la vida de su SAS.

En Upsilon Consulting, ofrecemos asistencia personalizada para la redacción de los estatutos, velando por que respondan exactamente a las necesidades y objetivos de su empresa. También le guiamos a través de las decisiones estratégicas, la gestión fiscal y las cuestiones de cumplimiento normativo, asegurando así que su empresa opere de manera óptima en el marco reglamentario de la SAS. Además, nuestra experiencia se extiende a la planificación de la transmisión de acciones y a la gestión de los cambios en los órganos de dirección.

Al elegir Upsilon Consulting, se beneficia de un socio fiable y competente, dedicado al éxito y al crecimiento de su empresa. Nuestro objetivo es proporcionarle las herramientas y los consejos necesarios para navegar con facilidad en el mundo de las SAS y para transformar sus ambiciones empresariales en realidades tangibles.

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¿Cuáles son las especificidades de los estatutos de la SAS?

La sociedad por acciones simplificada puede prever ciertos ajustes en cuanto a la constitución de la sociedad:

Socios

Los estatutos determinan las decisiones que los socios deben tomar colectivamente. Además, prevén las formas y condiciones de esta toma de decisiones.

La libertad de los socios es el principio. Sin embargo, la ley prevé excepciones relativas a las modificaciones estatutarias, que permanecen como competencia exclusiva de los socios ejercida en junta general extraordinaria.

La responsabilidad de los socios en una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es un elemento clave que atrae a numerosos emprendedores. En una SAS, la responsabilidad de cada socio está limitada a su aportación de capital. Esto significa que las deudas de la sociedad no pueden superar el importe que cada socio ha invertido, protegiendo así su patrimonio personal en caso de dificultades financieras de la empresa. Esta limitación de responsabilidad es tranquilizadora para los inversores y facilita la captación de fondos, especialmente en las fases de lanzamiento o de desarrollo de una empresa.

No obstante, es importante señalar que los socios pueden, si así lo deciden, ampliar su responsabilidad mediante compromisos personales como avales. Estos compromisos pueden aumentar el riesgo financiero para los socios, pero también pueden ser necesarios para obtener ciertos financiamientos o garantías. La claridad y la prudencia en la redacción de los estatutos y de los contratos anexos son, por tanto, esenciales para definir correctamente el grado de responsabilidad y las obligaciones de cada socio en el seno de la SAS.

Capital social

El capital social es determinado libremente por los fundadores en los estatutos, no se exige ningún mínimo. Este capital puede componerse de aportaciones dinerarias (dinero) y/o aportaciones en especie (bienes).

La Sociedad por Acciones Simplificada puede emitir acciones inalienables resultantes de aportaciones en industria. En este caso, las acciones no pueden cederse. En efecto, en este caso, estas acciones están íntimamente ligadas a la cualidad de la persona que participa por su saber hacer.

Organización de la sociedad

El único órgano obligatorio en gestión es el presidente. Cuando el presidente sea el único órgano de la SAS, asumirá también los poderes de gestión de la sociedad en las condiciones que puedan establecerse en los estatutos. El DG puede ser instituido por voluntad de los socios. Junto a estos dos órganos de dirección legalmente identificados, los socios son libres de instituir órganos de gestión o de control. La redacción de los estatutos es una condición sine qua non para organizar la dirección de las SAS.

La toma de decisiones y la transmisión de acciones son dos aspectos cruciales en la gestión de una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). En cuanto a la toma de decisiones, los estatutos de la SAS desempeñan un papel determinante. Definen quién, entre los socios o los órganos de dirección, tiene el poder de tomar decisiones importantes. Esto puede incluir cuestiones como las modificaciones estatutarias, las ampliaciones de capital o las orientaciones estratégicas principales. La flexibilidad que ofrece la SAS permite a los socios concebir un proceso de toma de decisiones que mejor se adapte a la estructura y a los objetivos de su empresa.

En lo que respecta a la transmisión de acciones, la SAS ofrece una gran libertad. En principio, las acciones pueden cederse libremente, pero los estatutos pueden incluir cláusulas específicas para encuadrar o restringir esta libertad. Entre estas cláusulas, se encuentran a menudo la cláusula de autorización, que somete las cesiones de acciones al acuerdo de los demás socios, o la cláusula de tanteo, que otorga un derecho de prioridad a los socios existentes sobre las acciones puestas en venta. Estas disposiciones permiten controlar la entrada de nuevos socios y preservar la estabilidad y la visión original de la empresa.

Auditores de cuentas

Al igual que la sociedad de responsabilidad limitada, los estatutos de la SAS pueden eventualmente prever el nombramiento de uno o varios auditores de cuentas.

No obstante, uno o varios auditores de cuentas deben ser obligatoriamente nombrados por mayoría de los socios cuando la cifra de negocios supere el umbral fijado por vía reglamentaria. (el decreto aún no se ha establecido). Esta obligación permite garantizar la transparencia financiera de la empresa y proteger los intereses de los socios.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el capital social mínimo para crear una SAS en Marruecos?

La SAS en Marruecos no tiene capital social mínimo obligatorio, lo que la convierte en una forma jurídica accesible para los emprendedores. El capital es fijado libremente por los socios en los estatutos.

¿En qué se diferencia la SAS de la SA en Marruecos?

La SAS ofrece una flexibilidad mucho mayor que la SA en cuanto a la organización interna y la redacción de los estatutos. No requiere un número mínimo de cinco accionistas y el formalismo de funcionamiento es más ligero, aunque ambas ofrecen la limitación de responsabilidad.

¿Puede una SAS emitir valores mobiliarios en Marruecos?

Sí, la SAS puede emitir valores mobiliarios compuestos como obligaciones convertibles en acciones, bonos de suscripción de acciones u obligaciones con bonos de suscripción de acciones, lo que facilita la captación de fondos.

Preguntas y respuestas sobre la Sociedad por Acciones Simplificada en Marruecos

He aquí las cuatro preguntas más frecuentes sobre la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), que he identificado a partir de mi investigación:

  1. ¿Qué es una SAS? La SAS, o Sociedad por Acciones Simplificada, es una sociedad de capitales que permite una gran flexibilidad en su funcionamiento. Es a menudo elegida por las startups y los proyectos innovadores por su flexibilidad que permite configurar libremente el funcionamiento de la empresa.
  2. ¿Cuál es la responsabilidad de los socios de una SAS? Los socios de la SAS tienen una responsabilidad limitada al importe de su participación en el capital social. Sin embargo, pueden asumir compromisos personales que pueden ampliar esta responsabilidad.
  3. ¿Cómo funciona una SAS? La SAS está dirigida por un presidente, que es el órgano de dirección obligatorio. Los socios pueden establecer otros puestos de dirección y delegar ciertas decisiones a estos órganos. En el plano fiscal, los beneficios de la SAS están generalmente sujetos al Impuesto de Sociedades, con una opción temporal para la imposición al Impuesto sobre la Renta.
  4. ¿Cuáles son las reglas para la toma de decisiones y la transmisión de acciones en una SAS? Las decisiones importantes pueden ser tomadas por los socios o delegadas a otros órganos de dirección según los estatutos de la sociedad. En cuanto a la transmisión de acciones, la cesión es en principio libre pero puede ser restringida por cláusulas específicas en los estatutos.

Otros puntos importantes

El funcionamiento interno de una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) se caracteriza por una gran flexibilidad, permitiendo una adaptación a medida a las necesidades específicas de cada empresa. En el corazón de este funcionamiento se encuentra el presidente, figura central y obligatoria, que asegura la representación legal de la SAS. Los estatutos de la sociedad pueden prever el nombramiento de otros órganos de dirección tales como directores generales o consejos de administración, ofreciendo así una diversidad en la gestión y la toma de decisiones estratégicas.

En materia fiscal, la SAS está por defecto sujeta al Impuesto de Sociedades (IS), pero puede optar temporalmente por el Impuesto sobre la Renta (IR), bajo ciertas condiciones. Esta flexibilidad fiscal es particularmente ventajosa para las pequeñas y medianas empresas en fase de crecimiento. Además, los socios tienen una libertad casi total en la redacción de los estatutos, permitiéndoles definir con precisión las modalidades de toma de decisiones, el reparto de poderes y las reglas de gobernanza. Esta personalización hace que la SAS sea particularmente atractiva para los proyectos innovadores y las empresas que buscan una estructura jurídica que se adapte dinámicamente a su evolución.

  1. Ventajas de la SAS:

    Responsabilidad de los socios limitada al importe de sus aportaciones.

  2. Libertad significativa en la redacción de los estatutos para unas reglas de funcionamiento flexibles.

  3. Imagen moderna y formalismo simplificado que atrae a las empresas innovadoras.

  4. Papel y responsabilidades de los accionistas y del presidente:

    Los accionistas se benefician de derechos específicos, especialmente el derecho de voto y el derecho a dividendos.

  5. El presidente de la SAS, a menudo asimilado a asalariado, está bajo el régimen general de la Seguridad Social, pero no tiene derecho al seguro de desempleo.

  6. Importancia de declarar todos los órganos dirigentes en el registro mercantil, aunque solo el presidente sea obligatorio.

  7. Redacción de los estatutos y modalidades de gestión:

    Importancia de la redacción minuciosa de los estatutos para encuadrar las condiciones de entrada y salida de los socios, la toma de decisiones y el reparto de poderes.

  8. Los estatutos pueden incluir cláusulas de autorización, de tanteo y otras modalidades específicas para la gestión de la SAS.

Uso y balance de la SAS en Marruecos:

  • La SAS se ha convertido en la forma preferida para los grupos internacionales que se implantan en Marruecos.
  • Los socios de una SAS pueden organizar una gobernanza estructurada en torno a órganos colegiados, tales como comités de auditoría, estratégicos o financieros.
  • Capacidad de emitir valores mobiliarios compuestos, tales como obligaciones convertibles en acciones (OCA), bonos de suscripción de acciones (BSA) u obligaciones con bonos de suscripción de acciones (OBSA).

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