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Teletrabajo en Marruecos: marco jurídico y carta tipo | Upsilon Consulting

Salaheddine Yatim

Salaheddine Yatim

Managing Partner

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Teletrabajo en Marruecos: marco jurídico y carta tipo | Upsilon Consulting

En resumen: El teletrabajo en Marruecos se apoya en un marco jurídico todavía parcial: el Código de Trabajo (Art 6 y 8) autoriza el trabajo a distancia sin regularlo específicamente. En ausencia de ley dedicada, el empleador debe formalizar el teletrabajo mediante una adenda al contrato, una carta interna y respetar sus obligaciones en materia de CNSS, higiene/seguridad y protección de datos (CNDP). La indemnización por teletrabajo se beneficia de un régimen fiscal favorable bajo determinadas condiciones.

Lo que dice el Código de Trabajo

El Código de Trabajo marroquí (ley n.° 65-99) no contiene un capítulo específico sobre el teletrabajo. Sin embargo, varias disposiciones permiten encuadrar esta modalidad de trabajo:

Artículo 6: define al asalariado como toda persona que se compromete a proporcionar un trabajo bajo la dirección de un empleador, cualquiera que sea el lugar de ejecución. Esta formulación abre la puerta al trabajo a distancia, ya que el vínculo de subordinación no depende del lugar físico de trabajo.

Artículo 8: enumera las condiciones esenciales del contrato de trabajo (naturaleza del trabajo, remuneración, duración, lugar). El lugar de trabajo constituye un elemento contractual modificable únicamente por acuerdo de ambas partes.

Artículo 24: prevé que las condiciones de trabajo pueden adaptarse mediante convenio colectivo, reglamento interno o contrato individual, lo que permite integrar las modalidades de teletrabajo en estos documentos.

El vacío jurídico parcial

A diferencia de Francia (ANI de 2005, ordenanzas de 2017) o de Bélgica (ley de 2022), Marruecos no dispone de una ley específica de teletrabajo. El proyecto de decreto n.° 2-23-1065, anunciado en 2023, no ha sido promulgado a la fecha de redacción de este artículo (marzo 2026).

Este vacío jurídico implica varias consecuencias:

AspectoSituación actualRecomendación
Definición legal del teletrabajoInexistenteDefinir en la carta interna
Derecho al teletrabajoNo garantizadoFormalizar mediante adenda
Indemnización por teletrabajoSin obligación legalPrever contractualmente
Accidente laboral en el domicilioCubierto si hay vínculo con el trabajoPrecisar los horarios en la adenda
Protección de datosLey 09-08 (CNDP) aplicableCláusula RGPD/CNDP en la carta

Convenios colectivos y jurisprudencia

Algunos sectores han integrado el teletrabajo en sus convenios colectivos, especialmente el sector bancario (convenio GPBM) y los centros de llamadas (ANAPEC). En ausencia de convenio colectivo aplicable, el empleador debe referirse al derecho común del contrato de trabajo y a los principios generales del Código de Trabajo.

La jurisprudencia marroquí es limitada sobre el tema. Las escasas decisiones dictadas confirman que el lugar de trabajo es un elemento esencial del contrato y que su modificación unilateral por el empleador puede constituir un despido abusivo en el sentido del artículo 36 del Código de Trabajo.

Obligaciones del empleador

Formalización contractual

El empleador que implante el teletrabajo debe:

  1. Redactar una adenda al contrato de trabajo que precise:

    • El número de días de teletrabajo por semana
    • Las franjas horarias de disponibilidad obligatoria
    • El lugar de teletrabajo declarado (domicilio, coworking)
    • Las modalidades de control de la actividad
    • La cláusula de reversibilidad (vuelta al presencial)
  2. Actualizar el reglamento interno para integrar las disposiciones relativas al teletrabajo

  3. Establecer una carta de teletrabajo difundida a todos los empleados (cf. modelo más abajo)

Puesta a disposición de equipamiento

El empleador está obligado a proporcionar las herramientas necesarias para la ejecución del trabajo a distancia:

EquipamientoObligación del empleadorObservación
Ordenador portátilObligatorioPropiedad de la empresa
Conexión a internetAsunción o indemnizaciónTarifa plana o reembolso con justificante
Teléfono profesionalSegún el puestoLínea dedicada o softphone
Mobiliario ergonómicoRecomendadoSilla, escritorio, pantalla
Software y licenciasObligatorioVPN, suite ofimática, herramientas colaborativas
ConsumiblesAsunciónPapel, cartuchos de impresora

Salud y seguridad en el trabajo

La obligación de seguridad del empleador (Art 281-303 Código de Trabajo) se extiende al lugar de teletrabajo. Concretamente:

  • El empleador debe asegurarse de que el puesto de trabajo en el domicilio respete las normas de ergonomía
  • Los accidentes ocurridos durante las horas de teletrabajo y en el lugar declarado se presumen como accidentes laborales
  • El médico del trabajo debe ser informado de la lista de teletrabajadores
  • El empleador puede solicitar una visita de conformidad del lugar de trabajo (con consentimiento del empleado)

Declaraciones CNSS

El teletrabajo no modifica las obligaciones del empleador en materia de CNSS:

  • Las cotizaciones CNSS se calculan sobre la misma base que el trabajo presencial
  • La indemnización por teletrabajo, si no excede los gastos reales, no está sujeta a cotizaciones sociales
  • El tipo de cotización patronal permanece en 21,09 % (CNSS 12,11 % + AMO 4,48 % + Formación profesional 1,60 % + Tasa de formación 1,60 % + Prestaciones sociales 1,30 %)
  • El empleado en teletrabajo se beneficia de las mismas prestaciones sociales (asignaciones familiares, subsidios diarios, jubilación)

Obligaciones del empleado

Disponibilidad y localización

El empleado en teletrabajo debe:

  • Respetar las franjas horarias definidas en la adenda (generalmente calcadas de los horarios de la empresa)
  • Estar localizable por los medios de comunicación proporcionados (teléfono, mensajería, videoconferencia)
  • Informar a su responsable en caso de indisponibilidad temporal (cita médica, ausencia)
  • Fichar o registrar en el sistema de seguimiento del tiempo de trabajo si la empresa dispone de uno

Confidencialidad y seguridad de los datos

El teletrabajador está sujeto a las mismas obligaciones de confidencialidad que en el trabajo presencial:

  • No trabajar en lugares públicos sin protección visual
  • Utilizar una VPN para acceder a los sistemas de la empresa
  • Bloquear su puesto en caso de ausencia, incluso breve
  • No almacenar datos profesionales en soportes personales
  • Notificar inmediatamente cualquier incidente de seguridad (pérdida, robo, intento de intrusión)

Lugar de trabajo

El empleado debe:

  • Declarar el lugar de teletrabajo en la adenda al contrato
  • Informar al empleador de cualquier cambio de lugar
  • Disponer de un espacio de trabajo conforme a las exigencias de seguridad y ergonomía
  • Contratar un seguro multirriesgo del hogar que cubra el teletrabajo (o verificar que su póliza existente lo cubra)

Fiscalidad del teletrabajo

Indemnización por teletrabajo

La indemnización pagada por el empleador al empleado para compensar los gastos de teletrabajo se beneficia de un régimen fiscal favorable bajo ciertas condiciones:

Tratamiento fiscalCondiciónTope
Exención IRLa indemnización cubre gastos reales y justificadosSin tope legal, pero importe razonable
Exención CNSSLa indemnización es forfaitaria y razonablePráctica: 300-500 DH/mes
Deducibilidad IS para el empleadorGasto realizado en interés de la empresaTotalidad de la indemnización abonada

En ausencia de texto específico, la DGI aplica el principio general según el cual los reembolsos de gastos profesionales no constituyen una ventaja imponible si corresponden a gastos reales realizados en interés del empleador.

Deducibilidad de los gastos para el empleador

Los gastos realizados por la empresa para el teletrabajo son deducibles del IS:

  • Equipos informáticos: amortizables en 3-5 años
  • Tarifa plana internet/teléfono: gasto deducible
  • Indemnización por teletrabajo: gasto salarial deducible
  • Formación en herramientas digitales: gasto deducible

IVA sobre los equipos

El IVA que grava las compras de equipos destinados al teletrabajo (ordenadores, mobiliario, software) es recuperable en las condiciones de derecho común, siempre que la empresa esté sujeta al IVA en Marruecos y que los bienes estén afectados a la actividad profesional.

Para los teletrabajadores independientes, el IVA no es aplicable si la cifra de negocios no supera el umbral de sujeción.

Modelo de carta de teletrabajo

A continuación, la estructura detallada de una carta de teletrabajo conforme al derecho marroquí. Este documento debe anexarse al reglamento interno y comunicarse a todos los empleados.

Estructura de la carta

Artículo 1: Objeto La presente carta define las modalidades de organización del teletrabajo en el seno de [NOMBRE DE LA SOCIEDAD], conforme a los artículos 6, 8 y 24 del Código de Trabajo y al reglamento interno vigente.

Artículo 2: Definición El teletrabajo designa toda forma de organización del trabajo en la cual un trabajo que podría haberse ejecutado en los locales del empleador es efectuado por un empleado fuera de estos locales, de forma voluntaria, utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.

Artículo 3: Elegibilidad Son elegibles para el teletrabajo los empleados que cumplan los siguientes criterios:

  • CDI o CDD de al menos 6 meses
  • Antigüedad mínima de [3/6] meses
  • Puesto compatible con el trabajo a distancia (lista en anexo)
  • Dominio de las herramientas digitales
  • Disposición de un espacio de trabajo adecuado en el domicilio

Artículo 4: Organización del teletrabajo

  • Número de días: [1 a 3] días por semana máximo
  • Días fijos o flexibles según acuerdo del responsable
  • Franjas de disponibilidad obligatoria: [9h-12h] y [14h-17h]
  • Jornada de presencia obligatoria: [martes/jueves]
  • Reuniones de equipo: presencia física requerida

Artículo 5: Equipamiento y medios La empresa proporciona: ordenador portátil, acceso VPN, teléfono profesional o softphone. El empleado debe disponer de una conexión a internet estable (velocidad mínima [10 Mbps]).

Artículo 6: Asunción de gastos La empresa abona una indemnización forfaitaria mensual de [XXX] DH destinada a cubrir los gastos de conexión a internet, electricidad y consumibles. Esta indemnización se abona a prorrata de los días de teletrabajo efectivos.

Artículo 7: Salud y seguridad El empleado en teletrabajo se beneficia de la misma cobertura de accidente laboral que en el trabajo presencial, durante las franjas horarias definidas. El espacio de trabajo debe respetar las normas de ergonomía recomendadas por el médico del trabajo.

Artículo 8: Protección de datos (CNDP/Ley 09-08) El empleado se compromete a:

  • Utilizar exclusivamente las herramientas informáticas proporcionadas por la empresa para el tratamiento de datos profesionales
  • No transferir datos de carácter personal a soportes no seguros
  • Respetar la política de seguridad informática de la empresa
  • Notificar inmediatamente cualquier violación de datos conforme a la ley 09-08 y a las directivas de la CNDP

Artículo 9: Reversibilidad Cada parte puede poner fin al teletrabajo con un preaviso de [15/30] días. El empleado recupera entonces su puesto en los locales de la empresa en las mismas condiciones.

Artículo 10: Entrada en vigor La presente carta entra en vigor a partir del [FECHA] y es aplicable por duración indefinida. Puede modificarse previa consulta a los representantes del personal.

Modelo de adenda al contrato de trabajo

Cláusulas esenciales de la adenda de teletrabajo

Una adenda al contrato de trabajo es indispensable para formalizar el paso al teletrabajo. Estas son las cláusulas mínimas a incluir:

Cláusula 1: Objeto y duración “La presente adenda tiene por objeto definir las modalidades de teletrabajo del empleado. Se celebra por una duración [determinada/indefinida] a partir del [FECHA].”

Cláusula 2: Lugar de teletrabajo “El lugar de teletrabajo se fija en el domicilio del empleado situado en [DIRECCIÓN COMPLETA]. Todo cambio de lugar debe ser notificado al empleador con un preaviso de 15 días.”

Cláusula 3: Organización del tiempo de trabajo “El empleado ejerce sus funciones en teletrabajo [X] día(s) por semana, los [DÍAS]. La duración semanal de trabajo permanece fijada en 44 horas conforme al Código de Trabajo.”

Cláusula 4: Franjas de disponibilidad “El empleado debe estar localizable durante las siguientes franjas horarias: [9h00-12h30] y [14h00-18h00]. Fuera de estas franjas, el empleado se beneficia del derecho a la desconexión.”

Cláusula 5: Equipamiento “El empleador pone a disposición del empleado los siguientes equipos: [LISTA]. Estos equipos siguen siendo propiedad de la empresa y deben ser restituidos en caso de cese del teletrabajo.”

Cláusula 6: Indemnización por teletrabajo “El empleador abona al empleado una indemnización forfaitaria mensual de [IMPORTE] DH para cubrir los gastos vinculados al teletrabajo (internet, electricidad, consumibles).”

Cláusula 7: Confidencialidad “El empleado se compromete a respetar la confidencialidad de las informaciones y datos de la empresa en las mismas condiciones que en el trabajo presencial. Vela por la seguridad de su puesto de trabajo y utiliza las herramientas de seguridad informática proporcionadas.”

Cláusula 8: Reversibilidad “Cada parte puede poner fin al teletrabajo con un preaviso de [DURACIÓN]. El empleado recupera entonces un puesto en los locales de la empresa conforme a sus cualificaciones y a su remuneración.”

Cláusula 9: Disposiciones generales “La presente adenda no modifica las demás disposiciones del contrato de trabajo inicial, que siguen siendo de aplicación.”

Preguntas frecuentes

¿Puede el empleador imponer el teletrabajo?

No, salvo circunstancia excepcional (epidemia, catástrofe natural, fuerza mayor). En tiempo normal, el teletrabajo se basa en la voluntariedad y el doble acuerdo empleador-empleado. La negativa del empleado no constituye un motivo de despido.

¿Conserva el empleado en teletrabajo todos sus derechos?

Sí. El teletrabajador se beneficia de los mismos derechos que los empleados presenciales: remuneración, evolución de carrera, formación, representación del personal, SMIG/SMAG, vacaciones pagadas, indemnización por despido.

¿Cómo gestionar un accidente laboral en teletrabajo?

El accidente ocurrido durante las horas de trabajo y en el lugar de teletrabajo declarado se presume como accidente laboral. El empleado debe informar al empleador en las 24 horas y aportar un certificado médico.

¿Puede el empleador vigilar al empleado en teletrabajo?

El empleador puede implementar herramientas de seguimiento de la actividad (software de fichaje, reporting) siempre que se respete la proporcionalidad, se informe al empleado y se cumpla con la ley 09-08 relativa a la protección de las personas físicas respecto al tratamiento de datos de carácter personal (autorización CNDP).

¿Cuál es el impacto del teletrabajo en la nómina?

La nómina debe mostrar:

  • El salario base (sin cambios)
  • La indemnización por teletrabajo (línea diferenciada, exenta si conforme)
  • Las cotizaciones CNSS (base sin cambios)
  • El IR (calculado sobre la misma base, excluida la indemnización exenta)

Para simular el impacto en su salario neto, utilice nuestro simulador de salario neto y bruto.

Conclusión

El teletrabajo en Marruecos es una realidad creciente que necesita un encuadramiento jurídico riguroso a pesar de la ausencia de ley específica. La combinación de una carta de teletrabajo, una adenda al contrato y una política de seguridad de datos conforme a la ley 09-08 permite asegurar la relación empleador-empleado.

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