Convenio fiscal Marruecos Francia — Doble imposición, tipos reducidos | PDF | Upsilon Consulting
Descargue el convenio fiscal Marruecos–Francia para la eliminación de la doble imposición. Texto íntegro: dividendos, intereses, cánones, establecimiento permanente y asistencia administrativa.
Convenio fiscal Marruecos–Francia
Convenio firmado en París el 29 de mayo de 1970 para la eliminación de la doble imposición y el establecimiento de reglas de asistencia administrativa mutua en materia fiscal entre el Reino de Marruecos y la República Francesa.
Publicado en el Boletín Oficial n° 3215 del 12 de junio de 1974, promulgado por el Dahir n° 1-73-440 del 8 de enero de 1974.
Ámbito de aplicación
El convenio se aplica a los impuestos sobre la renta y el patrimonio percibidos en ambos Estados, en particular:
- Francia: impuesto sobre la renta, impuesto de sociedades, impuesto sobre salarios
- Marruecos: impuesto agrícola, impuesto sobre beneficios profesionales, retención sobre salarios, contribución complementaria
Disposiciones principales
- Reglas de residencia fiscal e imposición de rentas inmobiliarias, beneficios empresariales
- Tipos reducidos sobre dividendos, intereses y cánones
- Régimen de profesiones independientes y remuneración de directivos
- Métodos de eliminación de la doble imposición: crédito fiscal
- Reglas de asistencia administrativa mutua e intercambio de información
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